Plan Renove de Ventanas para Cataluña


El pasado día 30 de noviembre fue presentado el Plan Renove para ventanas de Cataluña. Sólo tienes hasta el próximo día 11 de abril de 2010 para presentar tu solicitud.


Acciones subvencionables y requisitos:

1.- Sustitución de ventanas, vidrieras y claraboyas poco eficientes a nivel térmico por otras que supongan un mejora del 20% de la eficiencia energética.
2.- Podrán acogerse a estas ayudas los edificios localizados en Cataluña.
3.- Sólo son sustituibles vidrios simples y marcos de aluminio sin rotura de puente térmico.
4.- Las ventanas deberán estar en contacto con el exterior o con un espacio no habitable.
5.- En caso de reformas en la vivienda, éstas deberán realizarse en la primera residencia del solicitante.
6.- La carpintería sustituida deberá depositarse en un centro de recogida de residuos urbanos, siendo el instalador el encargado de hacer constar en la factura el lugar de depósito de la carpintería metálica sustituida.
7.- No son subvencionables cerramientos de terrazas y similares.
8.- El valor de transmitancia térmica U, debe ser igual o menor a 2,8 W/m2*K


Requisitos técnicos:

1.- La nueva carpintería debe tener el marcado CE.
2.- En el caso de carpintería de aluminio, debe ser con rotura de puente térmico.
3.- En el caso de carpinterías de madera, deberá tratarse de madera local o con marcados PEFC o FSC (Garantía de procedencia controlada).
4.- Si se sustituyen las persianas, éstas deberán estar aisladas térmicamente y mejorar la transmitancia térmica de las sustituidas.
5.- En el caso de cajones de persiana, la tapa interior deberá tener una transmitancia inferior o igual a 1,3 W/m2*K.
6.- Cualquier abertura, como aquellas necesarias para las cintas de las persianas, deberán tener mecanismos de cierre que impidan el paso del aire.


Beneficiarios:


Para las ayudas a viviendas particulares

- Las familias
- Las comunidades de propietarios
- Las comunidades de vecinos

Para las ayudas del sector terciario y actuaciones integrales en bloques de viviendas

- Empresas privadas
- Instituciones sin ánimo de lucro
- Fundaciones
- Otros entes corporativos

Todos los beneficiarios deberán cumplir una serie de requisitos, entre los que destacan el estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y no tener deudas con Hacienda.


Cuantía de las ayudas


Para viviendas particulares:
La subvención máxima es de 130 euros/m2, sin que pueda superar la cantidad de 3.000 euros por beneficiario.

Para las ayudas del sector terciario y actuaciones integrales en bloques de viviendas: La subvención máxima es de 100 euros/m2, sin que pueda superar la cantidad de 100.000 euros por beneficiario.

En cualquier caso, la inversión mínima para acceder a las ayudas es de 1.000 euros.


Solicitudes


El Plan de Renove de Ventanas de Cataluña se divide en tres fases:

1.- Presentación de la solicitud
2.- Resolución de la concesión de la ayuda
3.- Ejecución de la obra y justificación de la misma

El plazo para presentar la solicitud empieza el 11 de enero de 2010 y finaliza el 11 de abril de 2010, o hasta el agotamiento del presupuesto disponible.

El plazo para comprar e instalar las ventanas abarca desde el 1 de enero de 2010 hasta el 10 de octubre de 2010.

El solicitante puede rellenar la solicitud a través de la web http://www.gencat.cat/icaen o directamente en las empresas instaladoras adheridas.

Una vez completado el formulario de solicitud, se deben imprimir 3 ejemplares que deberán ir firmados por el instalador y el beneficiario.

La solicitud la puede tramitar directamente el interesado, o la empresa colaboradora adherida.


Documentación


Se debe adjuntar la siguiente documentación a la solicitud:

1.- Fotocopia por las dos caras del DNI del solicitante.

2.- Certificado de empradonamiento.

3.- Copia del presupuesto, que debe incluir como mínimo los siguientes conceptos:
- Nombre y NIF del instalador.
- Nombre y DNI del solicitante de la ayuda.
- Dirección del edificio.
- Descripción de los trabajos a realizar
- Dimensiones de las aberturas en m2
- Orientación geográfica en caso de incorporar protección solar
- Coste de materiales y mano de obra
- Transmitancia térmica de la tapa de persiana en caso de existir.

4.- Certificado de marcado CE.

5.- Las empresas privadas y las organizaciones sin ánimo de lucro además deberán aportar original y copia (o copia compulsada) de la escritura de constitución y registro, y nombramiento o poderes del representante.


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